MUNICIPIO DE OSORNO INFORMA BENEFICIO PARA OPTAR A REBAJA O EXENCIÓN DE PAGO DE DERECHO DE ASEO DOMICILIARIO
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El municipio de Osorno informa a la comunidad sobre el beneficio para optar a rebaja o exención del pago del concepto de Derecho de Aseo Domiciliario, cuyos valores están fijados por el Servicio de Impuestos Internos, según el avalúo anual de la vivienda de cada propietario, y cuyo cobro recae en las Casas Edilicias locales del país, de acuerdo a lo establecido por la Ley de 3.063, de Rentas Municipales.
Al respecto, el Director subrogante de DIDECO, José Yaeger, indicó que “la Ordenanza N°43, aprobada por el Concejo Municipal, permite otorgar este beneficio a los dueños u ocupantes de viviendas cuyo valor supere las 225 UTM (monto actualizado de $14.978.475 al mes de octubre de este año), y que presenten algún grado de vulnerabilidad social, según el Registro Social de Hogares (RSH). Para ello, estas personas deben postular durante octubre a esta rebaja, cuyo objetivo es apoyar a aquellas familias que más lo necesitan”.
Asimismo, el profesional clarificó que “para acceder a estas exenciones parciales o totales, las postulantes tienen que estar al día respecto a los derechos de aseo devengados y, en caso de registrar deudas, deben cancelarlas o, bien, suscribir un Convenio de Pago, lo que deben ver directamente en el Departamento de Rentas Municipales, ubicado en el Edificio Consistorial, en Juan Mackenna #851”.
“Una vez subsanado el punto anterior, las personas interesadas deben dirigirse al Departamento de Asistencia Social, ubicado en el quinto piso del Centro de Atención al Vecino, en Bilbao #850, y presentar la siguiente documentación: fotocopia de la Cédula de Identidad del solicitante (según el RSH), Certificado de Deudas Derechos de Aseo (que emite Tesorería Municipal), y la Cartola del Registro Social de Hogares”, indicó Yaeger.
Cabe destacar que la exención total o rebaja del pago del Derecho de Aseo Domiciliario se otorgará según la calificación de los postulantes en el Registro Social de Hogares y cuyo detalle es el siguiente:
Tramo % a Eximir o Rebajar
Igual o inferior al 40% Exento
41% al 50% 80% Rebaja
51% al 60% 70% Rebaja
61% al 70% 60% Rebaja
71% al 80% 50% Rebaja
Por último, José Yaeger destacó que “los adultos mayores cuyos ingresos sean producto de una pensión, de cualquier institución previsional, y que no exceda los $268.200 pesos mensuales estarán exentos de este pago, clarificándose que estas personas también deben estar al día en sus deudas y, tras ello, inscribirse en el Departamento de Asistencia Social para acceder a este beneficio”.